PUNTO RESOLUTIVO ACTA-01-P07-03012023

CONSIDERANDO

Que de conformidad nuestros ESTATUTOS DE LA FEDERACION DEPORTIVA NACIONAL DE TRIATLÓN, contenidos en el acuerdo número 68/2018-CE-CDAG de la Confederación Autónoma de Guatemala y en concordancia con la LEY NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LA CULTURA FISICA Y DEL DEPORTE, contenidos en el decreto número 76-97 del Congreso de la República. Se establece que es la entidad jerárquica superior de su deporte, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

CONSIDERANDO

Que uno de los objetivos de Federación es: Llevar estadísticas y establecer registros científicos ordenados de Atletas, Equipos, Clubes, Ligas, Asociaciones Municipales y Asociaciones Departamentales, que contengan y reflejen el historial completo del progreso y desenvolvimiento de cada uno, con el fin de valorar el potencial nacional, seleccionar a los mejores y promover la superación del deporte de Triatlón, Duatlón y Acuatlón; así como Ejercer la representación del deporte tanto en el orden nacional como internacional.

POR TANTO

Con fundamento en los artículos 98, 100, 101 de la Ley Nacional de Cultura Física y del Deporte decreto (76-97); Artículos 1, 2, 3, 5, 7, 8, 10, 19.2, 20.5, 39, 40, 41, 42 y 43 de los Estatutos de la Federación Deportiva Nacional de Triatlón, acuerdo número 68/2018-CE-CDAG. El Comité Ejecutivo de la Federación Deportiva Nacional de Triatlón.

RESUELVE LA APROBACIÓN Y AUTORIZACIÓN PARA:

“LICENCIA DE AFILIACIÓN DEPORTIVA 2023”

I. APERTURA: Queda abierta la licencia de temporada para todos los atletas que practican Triatlón, Duatlón, Acuatlón y sus diferentes segmentos, modalidades, distancias y categorías.

II. CATEGORIAS: Las categorías disponibles para afiliarse inician desde 8-9 años hasta la mayor 70 y más, las categorías se establecen según la edad calculada y aproximada al 31/diciembre/temporada, usando la siguiente formula:
ValorEntero del cálculo = ((31/12/2023 – FechaNacimiento) / 365)

III. REQUISITOS Los requisitos de afiliación son:
a) Certificado Médico de Buena Salud (máximo 3 meses de antigüedad)
b) Pagar el costo respectivo por el medio electrónico habilitado
c) Estar dentro del rango de edad de las categorías disponibles a partir de 8-9 años hasta 70 y más
d) Llenar formulario electrónico de solicitud o actualizar datos (en caso de renovación), consignando la información verídica y adjuntar OBLIGATORIAMENTE
d.1 Imagen de su DPI ó PASAPORTE (en caso de extranjeros)
d.2 Imagen de CERTIFICADO DE NACIMIENTO si es menor de edad y DPI del responsable legal
d.3 Imagen de CERTIFICADO MEDICO
d.4 Imagen de FOTOGRAFÍA DE ROSTRO
d.5 ACEPTAR Electrónicamente los términos y condiciones contenidas en el desistimiento individual
Ver anexo de procedimientos e instrucciones técnicas de pago, solicitud y entrega de licencia.

IV. COSTOS: Los costos anuales de licencia según rangos de edad calculada son:
Q 200.00 Licencia de Triatlón Infanto-Juveniles de 8 a 15 años
Q 225.00 Licencia de Triatlón Junior y Sub23 de 16-23 años
Q 250.00 Licencia de Tri-Biker ó Tri-Runner Adultos desde 24 años y más
Q 300.00 Licencia de Triatlón Adultos desde 24 años y más
Q 50.00 Licencia de afiliación por día, para atletas foráneos o extranjeros que participen en fechas del
Calendario nacional, este valor estará incluido en el costo de la carrera que elijan.
Q 200.00 Uso de instalación en piscina Zona 15 y/o Zona 5, para todos los adultos de 24 años en adelante,
activos-inactivos que hacen uso de esas instalaciones.
* En asociaciones del interior del país se rigen por sus respectivos reglamentos y costos propios.

V. BENEFICIOS: El atleta afiliado, tiene el beneficio de: a) Utilizar para la práctica de nuestro deporte, las instalaciones de la Confederación Deportiva Autónoma de Guatemala y sus servicios en su respectivo departamento; b) Uso de parqueos de las instalaciones según capacidad y regulación de CDAG hasta un máximo de 4 horas por entrenamientos; c) Facultado para competir en todas las fechas del calendario nacional con precios exclusivos; d) Su afiliación acumula puntos ranking en el ranking nacional según bases del mismo; e) Limitaciones de aforo por situaciones de riesgo o salud emitidas por autoridades competentes serán respetadas por la Federación sin intensión de perjuicio a su población afiliada.

VI. OBLIGACIONES: Es obligación de cada atleta afiliado, limitarse y respetar las disposiciones que cada instalación adopte por reglamento de uso, así también coexistir con otros atletas, buscando el bien común con otras entidades deportivas con quienes la Federación tenga acuerdos de horarios y áreas asignadas. Buscando siempre como TriAtletas los valores olímpicos de “Amistad, Respeto y Excelencia”.

VII.TEMPORTALIDAD: La temporalidad de licencia de afiliación es de enero a diciembre del año en curso. O alguna prorroga o variante dispuesta y comunicada por la Federación.

VIII. LICENCIA: La licencia de afiliación es personal e intransferible y es propiedad de la Federación, teniendo facultad de sancionar, bloquear, eliminar o cancelar por los medios disponibles la licencia de afiliación, en caso de que el atleta no cumpla con el juego limpio o altere el orden y espíritu deportivo, según artículo 43 de los Estatutos de la Federación y los reglamentos respectivos.

IX. OTROS: Otras disposiciones generales no contempladas en el presente acuerdo, podrían ser emitidas en el transcurso de la temporada actual mediante ampliación de acuerdo y/o emisión de nuevo acuerdo de la Federación.

X. VIGENCIA Y PUBLICACION: El presente acuerdo entrará en vigencia el 20 de enero de 2023. Publíquese en los medios de divulgación respectivos de Federación para conocimiento de los interesados.

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